JUICIOS ORALES EN MEXICO



En nuestro país se da curso a los juicios orales tras el cumplimiento de las dos primeras fases (investigación y etapa intermedia). Si antes las partes no han optado por alguna salida alternativa, se procede a la realización del juicio oral, que en México tiene características propias.

Por ejemplo, en los juicios orales que se desarrollan en México participan tres tipos de jueces:

·        El Juez de Garantía o Juez de Control

·        El Juez de Tribunal o Juez de Juicio Oral

·        El Juez de Ejecución de Penas

Todos ellos deben conocer la acusación, las pruebas y la defensa.

Otro elemento importante que debes manejar es el protocolo para la realización de los juicios orales, que incluye pasos como:

La apertura

Al recibir el auto de apertura, el tribunal correspondiente fijará una fecha para la audiencia de debate. Esta fecha debe estar comprendida entre 20 días y 60 días naturales a partir de dicha recepción.

Asimismo, el tribunal debe citar a las partes involucradas con un mínimo de 7 días de antelación a la fecha de la audiencia.

Si has prestado atención, habrás notado que el procedimiento de juicio ya ha comenzado varios días antes de la realización de las conocidas audiencias.

Conocer y estar al tanto de estos lapsos y los requisitos que tiene la convocatoria a los juicios orales en México es fundamental para que puedas desenvolverte oportunamente en el ámbito legal, ya seas parte de la acusación o de la defensa.

Del mismo modo, también hay cantidad de detalles que se deben tomar en cuenta para posibilitar el inicio de un juicio oral. Por ejemplo, el contenido del auto de apertura, que debe incluir la individualización de los acusados, los hechos materia de acusación, las acusaciones y las correcciones (si las hubiera), los acuerdos probatorios, las medidas de resguardo de la identidad y las personas que deben ser citadas, por citar algunos de los componentes que deben integrar el documento.

Posteriormente, el juez que preside la audiencia informará las acusaciones que sean objeto del juicio, las cuales deben figurar en el auto de apertura. También expondrá los acuerdos probatorios existentes.

Desconocer tales requisitos podría afectar negativamente tu labor profesional y afectar de mala manera a las personas involucradas, por no hablar de entorpecer el sistema de administración de justicia.

A partir de este momento, inicia la parte más conocida de los juicios orales:

Los alegatos de apertura: las partes tendrán oportunidad de discurrir sobre su posición en el conflicto. El Ministerio Público acusará, el Asesor Jurídico hará conocer su punto de vista y el Defensor expondrá las bases de su posición.

El desahogo de las pruebas: cada parte presentará pruebas previamente admitidas.

Declaración del imputado: si el acusado lo desea, puede expresar su punto de vista sobre el hecho del que se le acusa.

Alegatos de clausura: las partes expondrán nuevamente sus posiciones soportadas en las pruebas presentadas.

Deliberación: los jueces han de reflexionar sobre los hechos analizados y tomar su decisión concienzudamente y con prudencia, sobre la base de lo expuesto en la audiencia oral.

Sentencia: el Juez de Ejecución de Penas emite y explica la resolución del tribunal, tras lo cual se ejecuta la sanción (si la hubiese).

Y después de todos estos puntos, se considera que el juicio ha concluido. 

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